Inauguro una nueva sección de posts cortos con la intención de que algún comentarista despistado que pase por aquí me ayude a resolver algunos enigmas, paradojas, incongruencias y falacias de la vida en general pero, particularmente, de la digital. Se llamará ¿Por qué…?, aunque no pretende que las preguntas sean aclaradas satisfactoriamente, sólo que queden expresadas.
A mí, que el relativismo me da repelús y camino por la vida buscando absolutos razonados y demostrables con los que cimentar moral y opiniones, me sorprende ir encontrando bugs en disciplinas que, teóricamente, para bien social y ciudadano, deberían ser absolutos como la Justicia o la Ética. El mundo de la opinología digital es una mina de paradojas y, sólo como ejercicio personal, iré recogiendo las que más me gusten.

La primera arranca de una interesante discusión que salió en el blog El Mundano al respecto del tema de moda, la propiedad intelectual. Al margen de la erudición del post y de algunas falacias argumentales, como la defensa de la industria musical actual a partir de obviedades de hace 50 años, parece que todo el mundo asume con naturalidad que las «ideas» es algo por lo que se paga, lo cual es, al menos parcialmente, falso. La gran mayoría de las ideas se transmiten sin rendimiento económico, incluidas una gran parte de las ideas industriales y las científicas.

Aún así la legislación articula la posibilidad de explotar económicamente y en exclusiva tus ideas durante un tiempo variable que depende de si las ideas son artísticas o científico-tecnológicas. La primera paradoja aparece ya en esta primera división porque, ¿qué atributo intelectual hace que las ideas artísticas merezcan distinción de las científicas? Si, como se esfuerzan en divulgar en el lobby Ibercrea, una «creación» es un producto del trabajo, una conclusión científica no lo es menos. Sin embargo una «creación» ha de ser compensada cada vez que una persona haga uso de ella y no así con una idea científica, a no ser que esa idea se convierta en un útil explotable comercialmente. Asumiendo que una «creación» (canción/libro) es una idea, podremos entender que sea explotable en cuanto a útil comercial, no en cuanto a idea únicamente y, por ello, cuanto menos «útil», cuanta menos necesidad de proceso industrial (manufactura/distribución/marketing) menor el precio. Si seguimos en la misma lógica de lo que sucede con las ideas científicas, si los costes de manufactura, distribución y marketing tienden a cero, a eso mismo tenderá el precio de las «creaciones». Lo que no parece lógico es que el precio se mantenga habiendo caido drásticamente los costes de producción.

Pero ahora viene la verdadera incógnita. Los argumentadores en favor de las leyes de propiedad intelectual asumen con naturalidad que por lo que se paga es por la idea, por la creación, no por la idea convertida en bien de consumo. Si una idea es tuya y la quieres distribuir libremente allá tú. Si yo quiero cobrar por mis ideas, como son mías, cobro por ellas. Pero entonces hay algo que no entiendo…

¿Por qué mis ideas dejan de ser mías (y dejo de poder cobrar por ellas) a los 10 años (la vida del autor mas setenta en las «creaciones»)? Si son mías lo serán siempre, las heredarán mis primogénitos (como la casa de Alba hereda sus tierras, que dicen algunos) y los hijos de mis hijos, podré cobrar por disfrutarlas décadas (o siglos) después…

Y si lo que pasa es que las ideas son algo que se considera patrimonio común y, obligatoriamente, las mentes pensantes han de compartir con sus sociedades (como el que paga impuestos) y la regla de los 10 años sólo es una medida utilitaria para favorecer la transformación de las ideas en bienes de consumo, entonces no se a qué esperamos a abolir las leyes de propiedad intelectual/industrial.

¿Alguien me lo aclara?