Derecho a decidir

Una afirmación tan genérica y equivoca pretende alterar el sentido y alcance del derecho de participación política. A partir de ella, cualquier colectivo puede invocarla para decidir lo que le venga en gana, aduciendo que toda expresión de autogobierno es valiosa para engendrar legitimidad. Como si ésta no dependiese de la calidad moral de lo que se decida y cómo; como si el alcance y ámbito de nuestra capacidad de autogobierno no estuviese delimitada por los otros derechos y el derecho de los otros. Sin duda, el de participación política es básico e insustituible pero está circunscrito por un núcleo de razones sustantivas que se resumen en el repertorio de los Derechos Humanos y unos procedimientos que se sustancian en el buen funcionamiento del Estado de derecho. Sin ese horizonte moral y asiento institucional ninguna comunidad política deviene comunidad de justicia. Contra este fundamento arremete el proceso independentista, al tiempo que mina algunas de las condiciones que hacen viable la democracia.

Ramón Vargas-Manchuca Ortega en El País

El artículo completo es una bofetada adulta y racional contra la levedad de lo utilitario y coyuntural. Moralidad, instituciones, derechos humanos y fundamentos filosóficos de la organización política versus banderas, vías, marchas, marketing y urnas sin censo.